FINES

Con arreglo a la Legislación actual, corresponde a la Organización Colegial Veterinaria la representación exclusiva de la profesión veterinaria, la ordenación, en el ámbito de su competencia, de la actividad profesional de los colegiados y la defensa de sus intereses profesionales.

La Organización Colegial Veterinaria agrupa por tanto, obligatoriamente, a todos los veterinarios que, de acuerdo con las leyes vigentes, ejerzan su profesión en cualquiera de sus modalidades, bien en forma independiente o bien al servicio de la Administración Central del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local o Institucional, o de cualquier otra entidad pública o privada.

Voluntariamente podrán solicitar su colegiación quienes, con título de veterinario, no ejerzan su profesión.

Los fines fundamentales de la Organización Colegial Veterinaria son:

  1. La ordenación en el ámbito de su competencia del ejercicio de la profesión veterinaria, la representación exclusiva de la misma y la defensa de los intereses profesionales de los colegiados, todo ello sin perjuicio de la competencia de la Administración Pública por razón de la relación funcionarial.
  2. La salvaguarda y observancia de los principios deontológicos y ético-sociales de la profesión veterinaria y de su dignidad y prestigio, a cuyo efecto le corresponde elaborar los códigos correspondientes y la aplicación de los mismos.
  3. La promoción, por todos los medios a su alcance, de la constante mejora de los niveles científico, cultural, económico y social de los colegiados, a cuyo efecto podrá organizar y mantener toda clase de instituciones culturales y sistemas de previsión y protección social.
  4. La colaboración con los poderes públicos en la consecución de la salud de las personas y animales, mejora de la ganadería española y la más eficiente, justa y equitativa regulación y ordenación del sector ganadero y alimentario desde la fase de producción al consumo, así como la atención al medio ambiente y la protección de los consumidores.