El Colegio de Cádiz informa sobre el movimiento de mascotas hacia o desde Gibraltar tras el Brexit
El viernes 31 de enero de 2020 se produjo la salida del Reino Unido de la Unión Europea, lo que significa que los representantes de dicho país abandonarán las instituciones comunitarias. Por tal motivo y porque la Provincia de Cádiz es fronteriza con un territorio cuya soberanía reside en el propio Reino Unido, o sea, Gibraltar, el Colegio de Veterinarios de Cádiz informa sobre cómo deberá realizarse en lo sucesivo el movimiento de mascotas desde o hacia el Peñón.
El acuerdo de retirada pactado entre la UE y el Parlamento Británico establece un periodo transitorio que finalizará el 31 de diciembre del presente año 2020. Durante este espacio de tiempo, el libre comercio de mercancías entre la UE y el Reino Unido se mantiene tal cual, lo que supone que no habrá controles veterinarios a la importación o exportación en ambas direcciones, tanto en movimientos comerciales como no comerciales, y es en este supuesto donde se contempla a los animales de compañía que viajan con sus propietarios. De acuerdo a ese periodo transitorio antes mencionado, se mantendrá el statu quo previo al abandono del país del bloque europeo.
Mientras Gibraltar siga considerado como un territorio seguro de acuerdo con la legislación veterinaria, deberán cumplirse unos requisitos homólogos a los necesarios para cualquier movimiento intracomunitario, según viene establecido en el artículo 13 del Reglamento de la UE nº 576/2013.
Para acceder a la Unión Europea desde Gibraltar, los animales de compañía deberán estar en posesión de un pasaporte, identificados y con la vacunación de la Rabia en vigor.
Es importante recordar que los pasaportes expedidos con arreglo al artículo 27, letra ‘a’, del Reglamento UE nº 576/2013 en uno de los terceros países o territorios que figuran en la parte 1 del anexo II del Reglamento UE nº 576/2013 se elaborarán de conformidad con el modelo establecido en la parte 3 del anexo III del presente Reglamento y se ajustarán a los requisitos complementarios establecidos en la parte 4 de dicho anexo.
A continuación se puede acceder al Reglamento UE nº 577/2013, donde aparece la lista de territorios a que hace referencia el artículo 13 del Reglamento UE nº 576/2013 así como los modelos de pasaporte, en el siguiente enlace:
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R0577&from=ES
Más información en la web del Colegio de Cádiz: